Ofrecemos servicios de asesoramiento a particulares realizando todos los trámites necesarios para que puedan cumplir con sus obligaciones fiscales, contables y laborales de la manera más favorable.
Le ofrecemos un servicio directo y personalizado manteniéndole informado en todo momento acerca de los frecuentes cambios y novedades que acontecen en materia de legislación fiscal, contable y laboral que le afecten directamente, para poder tomar las decisiones económicas más favorables.
Nuestros servicios a Particulares:
Empleados de Hogar:
- Realizamos todos los trámites para la contratación y alta de su empleado/a de hogar.
- Nominas mensuales
- Altas y bajas de Seguros sociales
- Finiquitos
Alquileres
- Asesoramiento y redacción de contratos de alquiler
- Liquidaciones de IVA
- Asesoramiento en garantías (arbitrajes, avales y seguros que protejan el pago del arrendamiento)
- Alta Censal en Hacienda como arrendador (modelo 036) cuando sea obligatorio.
- Emisión de recibos de alquiler mensuales.
- Actualización de precios según el IPC.
- Liquidaciones, si proceden, del modelo trimestral de IVA (modelo 303), de su resumen anual (modelo 390) y de la declaración de operaciones con terceros (modelo 347)
- Asesoramiento y gestión sobre depósitos de fianza y su recuperación al fin del contrato
Asesoramiento en Herencias
Si tiene que aceptar una herencia debe tener en cuenta que se verán implicados varios impuestos y por lo tanto es conveniente tener un buen asesoramiento en esta materia. Los impuestos que se ven afectados en la aceptación de una herencia son:
- Impuesto de sucesiones y donaciones
- Impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana, lo que comúnmente se conoce como plusvalía
- Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)
- Certificado de defunción.
- Certificado del registro de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento.
- Certificado del registro de actos de últimas voluntades.
- Deberá solicitar una copia del testamento si existiere ante el notario donde se realizó.
- Deberá realizar una declaración de herederos en el caso de no existir Testamento.
- Deberán de realizar el reparto de los bienes gananciales en su caso.
- Deberán de tener en cuenta la posible Colación de donaciones.
- Por último se adjudican los bienes, derechos y deudas de la herencia, es lo que se conoce como Cuaderno Particional.